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Para recibir ayuda de cualquiera de los programas mencionados
en esta publicación, hay que satisfacer ciertos criterios:
Salvo en el caso de algunos programas de préstamos, hay que
evidenciar necesidad económica (según los criterios que hemos
establecido). Consulte la sección «Necesidad económica y el aporte familiar previsto».
- Hacer constar, por medio de una de las siguientes formas, que
tiene la capacidad para estudiar en el nivel postsecundario:
- Contar con un diploma de la escuela secundaria (high
school) o con un certificado de Formación Educativa
General (GED, por sus siglas en inglés);
- Aprobar un examen autorizado de «capacidad para beneficiarse» (ability-to-benefit test, o ATB). Si usted no tiene
ni diploma ni GED, la institución postsecundaria le puede
aplicar un examen para determinar si está en condiciones
de sacar provecho de los estudios ofrecidos ahí;
- Cumplir con otras normas establecidas por el estado y
aprobadas por el Departamento;
- Terminar los estudios secundarios mediante un programa
de enseñanza académica en el hogar, según lo definen las
leyes del estado.
- Estar matriculado (o estar aceptado para ese efecto) en una
institución postsecundaria como estudiante regular, en
busca de un título o certificado, en un programa aprobado.
- Cumplir con las normas de progreso académico satisfactorio, establecidas por la institución postsecundaria.
- Ser ciudadano de Estados Unidos o extranjero con derecho a participar en los programas federales de ayuda económica
para estudiantes.
- Tener un número válido de Seguro Social (a no ser que
el alumno sea de la República de las Islas Marshall, de los
Estados Federados de Micronesia o de la República de
Palaos). Si usted necesita un número de Seguro Social,
visite www.ssa.gov para averiguar cómo solicitarlo, o llame al 1-800-772-1213. Los usuarios de teletipo pueden llamar al 1-800-325-0778.
- Certificar (firmando la solicitud de ayuda federal para
estudiantes) que utilizará la ayuda federal sólo para fines
educativos, y también que no se encuentra en incumplimiento de pago de ningún préstamo educativo obtenido del Gobierno
federal, ni adeuda dinero a los programas federales de
becas (lo que podría ocurrir si el alumno se retirara de
la institución, por ejemplo).
- Cumplir con la inscripción en el Sistema de Servicio Selectivo, si corresponde. Si el solicitante es varón de entre 18 a 25 años
de edad y todavía no se ha inscrito, puede marcar la casilla
correspondiente en la FAFSA y así darle permiso al Servicio
Selectivo para que lo inscriba en sus registros militares.
También puede inscribirse por Internet en www.sss.gov o llamando al 1-847-688-6888. Los usuarios de teletipo pueden llamar al 1-847-688-2567.
Es obligatorio contestar la pregunta 31 de la FAFSA: «¿A
usted se le ha declarado culpable de la posesión o la venta de
drogas ilegales, a causa de una infracción cometida mientras
recibía ayuda federal para estudiantes (becas, préstamos, o
estudio y trabajo)?»
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- En general, si el alumno recibe condenas por la posesión o
venta de drogas ilegales a causa de una infracción cometida
mientras recibía ayuda estudiantil federal, perderá su
derecho a recibir más asistencia, durante un período
calculado según el tipo y números de condenas recibidas.
Si usted contesta «Sí» a esta pregunta, es muy importante
que llene la FAFSA para determinar si tiene derecho a
recibir ayuda. Si utiliza la FAFSA impresa, se le enviará
una hoja de trabajo que le ayude a saber si su condena
afecta su derecho a recibir ayuda federal. Si usted solicita
ayuda mediante FAFSA en la Web en www.fafsa.ed.gov,
tendrá acceso a la versión electrónica de la misma hoja
de trabajo durante su sesión. Si necesita ayuda o tiene
preguntas sobre cómo contestar la Pregunta 31, llame al 1-800-433-3243. Los especialistas del Centro de
Información le atenderán con mucho gusto en su idioma.
Aunque no se pueda recibir ayuda federal a causa de una
condena relacionada con las drogas ilegales, conviene
llenar la FAFSA de todas formas, pues hay muchos estados
e instituciones educativas que se valen de los datos de esta
solicitud al conceder ayudas no federales.
- Las posibilidades de recibir ayuda federal para estudiantes
son muy limitadas si el solicitante se encuentra encarcelado.
En general, éste sólo puede recibir la Beca Federal Pell y
eso sólo cuando NO se encuentra recluido dentro de una
institución penal federal o estatal.
Cuando se solicita ayuda de los programas de la Oficina de Ayuda
Federal para Estudiantes, comparamos parte de la información de
solicitud con los registros de diversas entidades federales, incluidos
el Departamento de Seguridad Interna (para verificar los números de
registro de extranjeros) y la Administración del Seguro Social (para verificar los números de registro de extranjeros). Si los datos de solicitud no coinciden
con los registros oficiales, será necesario resolver la falta de concordancia,
antes de que se conceda la ayuda. También, verificamos la información
de solicitud con una de nuestras bases de datos, el Sistema Nacional de Información sobre
Préstamos Estudiantiles (NSLDS), para
comprobar que el alumno no tiene ningún préstamo estudiantil federal
en condición de incumplimiento de pago, ni ha recibido pagos en
exceso por concepto de una beca federal, ni ha obtenido fondos de
préstamo que excedan del límite total permitido. Si el estudiante
indica en la solicitud que es varón, comparamos la información con los
registros militares del Sistema de Servicio Selectivo. Para participar en
nuestros programas de ayuda estudiantil, la mayoría de los estudiantes
varones de entre 18 y 25 años deberán estar inscritos en los registros
militares del Sistema de Servicio Selectivo.
La Oficina de Ayuda Federal para Estudiantes
otorgó $83 mil millones en ayuda económica en
el 2007 (más otros $32 mil millones en préstamos
de consolidación). Estos préstamos se destinaron
a unos 10 millones de estudiantes de unas 6,200
instituciones postsecundarias. |
En casi todos nuestros programas, la ayuda se otorga según la
necesidad económica del solicitante (salvo en el caso de los
Préstamos Stafford sin subsidio y de los Préstamos PLUS).
El aporte familiar previsto —calculado usando la información
proporcionada en la FAFSA— sirve como indicador de la capacidad
financiera del alumno (y, si corresponde, de sus padres); es decir,
indica cuánto dinero éste debe tener disponible para contribuir a
sufragar sus estudios.
El aporte se calcula según una fórmula establecida por ley. Al determinarse el número, se tienen en cuenta todos los siguientes
recursos de la familia del solicitante: los ingresos (ya sean tributables
o no), los bienes y la asistencia (por ejemplo, la indemnización
de desempleo o las prestaciones del Seguro Social). También se
tienen en consideración en el cálculo el tamaño de la familia y el
número de integrantes del hogar que cursarán estudios en una
universidad o instituto profesional. El aporte familiar previsto se
presentará en el Informe de Ayuda Estudiantil, el documento
que el estudiante recibirá después de presentar la FAFSA.
A fin de valorar el grado de necesidad económica para efectos de
otorgar la ayuda de nuestros programas (salvo del programa de
Préstamos Stafford sin subsidio), la institución educativa restará el
aporte familiar previsto del costo de estudiar:
Para satisfacer la necesidad económica del estudiante, la institución
le otorgará becas federales y otros tipos de ayuda.
Como la fórmula del aporte familiar previsto primero debe aplicarse
a la información financiera de la familia del solicitante, no podemos
decirle en la presente publicación si usted reúne o no los requisitos
financieros para recibir asistencia federal, ni darle un cálculo
aproximado de cuánta ayuda se le pueda conceder. Puede usar FAFSA4caster, ubicado en www.FederalStudentAid.ed.gov, para obtener un cálculo aproximado de su concesión de ayuda
económica. A la hora de solicitar ayuda, la información
proporcionada en FAFSA4caster se pasará automáticamente a la
solicitud electrónica de FAFSA en la Web (pulse aquí).
Sin embargo, si desea saber el monto exacto de la ayuda que
recibirá, tiene que presentar la FAFSA. Si desea saber cómo se
emplea la fórmula del aporte familiar previsto, puede obtener
en nuestro sitio web las hojas de trabajo en las que se detalla
el cálculo: www.FederalStudentAid.ed.gov/
publicaciones Una vez en el sitio, pulse el año correspondiente, bajo la categoría
«The EFC Formula» (Fórmula del aporte familiar previsto).
(Actualmente, estas hojas de trabajo sólo se ofrecen en inglés.)
También puede conseguir las hojas del Centro de Información
sobre Ayuda Federal para Estudiantes (1-800-433-3243).
Después de que usted reciba su Informe de Ayuda Estudiantil,
las instituciones que indicó en la FAFSA (especialmente las que
hayan aprobado su solicitud de admisión) le enviarán una carta
de concesión de ayuda económica. Si tiene preguntas sobre la
asistencia que se le ofrezca, comuníquese con la oficina de ayuda
económica de las instituciones.
Aunque la fórmula que se utiliza en el cálculo del aporte familiar
previsto es, en lo fundamental, lo mismo para todo solicitante,
existe cierta flexibilidad en su aplicación. En algunos casos, el
administrador de ayuda económica de la institución educativa
puede modificar el costo de estudiar o la información que se usa
en el cálculo del aporte, para tomar en cuenta las circunstancias
excepcionales. Estas circunstancias pueden incluir el desempleo y
los gastos médicos o educativos extraordinarios.
El administrador de ayuda económica debe tener motivos
contundentes para hacer estas modificaciones. El estudiante, por su
parte, tendrá que aportar la pertinente documentación justificativa.
La decisión de hacer estas modificaciones corresponde al
administrador y es final. Es decir, no se puede apelar ante el
Departamento de Educación.
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