Inicio  |  Sitios web y datos de contacto  |  Acerca de la guía  |  La misión de nuestra oficina  |  Un mensaje al lector  |  Mapa del sitio  | 
    Cómo costear los estudios postsecundarios: Guía de programas federales de ayuda estudiantil 2008-09
Cómo costear los estudios postsecundarios: guía de programas federales de ayuda estudiantil 2008-09
UN VISTAZO A LA AYUDA FEDERAL LA EDUCACIÓN DESPUÉS DE LA SECUNDARIA
CÓMO REDUCIR EL COSTO DE LOS ESTUDIOS ¿PUEDO RECIBIR AYUDA?
TIPOS DE AYUDA FEDERAL PARA ESTUDIANTES OTRAS FUENTES DE ASISTENCIA
TENGA CUIDADO OBTENER EL PIN
LLENAR LA FAFSA INFORME DE AYUDA ESTUDIANTIL
INFORMACIÓN PARA EL PRESTATARIO PAGO DE LOS PRÉSTAMOS
POSTERGAR LA DEVOLUCIÓN DEL PRÉSTAMO CONSOLIDACIÓN DE PRÉSTAMOS
CONDONACIÓN DE LA DEUDA DEL PRÉSTAMO AGENCIAS ESTATALES
TÉRMINOS IMPORTANTES OTRAS PUBLICACIONES
 


INFORMACIÓN PARA EL PRESTATARIO
   

Cómo pagar los préstamos educativos

Lo que usted necesita saber como prestatario


Si usted opta por obtener un préstamo estudiantil de nuestros programas, es importante tener presente dos consideraciones: Primero, la tasa de interés de nuestros préstamos es menor que la que ofrecen las entidades comerciales, ya que el Departamento de Educación subsidia los préstamos. Segundo, si usted es el alumno y obtiene un préstamo, no tendrá que empezar a devolverlo, hasta que finalice sus estudios o reduzca su dedicación de estudio a menos de medio tiempo.

Por muy cómodas que sean estas condiciones, es importante recalcar que el préstamo tiene que devolverse. Si usted no lo hace, puede incurrir en mora o incumplimiento de pago, lo cual afectará su historial crediticio y sus posibilidades financieras en el futuro. La presente sección resume lo que usted debe hacer para devolver su préstamo satisfactoriamente, y expone las circunstancias excepcionales en las que se puede condonar o reducir su deuda estudiantil.


Obligaciones del prestatario
Al obtener un préstamo educativo, usted contrae ciertas obligaciones. A continuación se presentan algunas de las más importantes:

Piense bien el monto de dinero que tome prestado.
  • Es muy importante reflexionar sobre lo que supone la obligación de reembolsar la deuda de un préstamo, antes de contraerla.


  • Si usted no paga la deuda dentro del plazo estipulado, o según las otras condiciones del pagaré, puede incurrir en incumplimiento de pago, lo cual le conllevará consecuencias graves y perjudicará su historial de crédito.



Al firmar el pagaré, usted acepta pagar el préstamo
  • Al firmar el pagaré, usted acepta reintegrar el dinero prestado según las condiciones establecidas en ese documento.


  • Esta letra estipula que, salvo en casos de anulación (condonación) de la deuda, el obligado deberá reembolsar el préstamo, aun cuando no termine sus estudios (a no ser por la clausura de la institución, por ejemplo).


  • Además, el deudor deberá pagar la obligación aun si no ha logrado encontrar empleo después de terminar su programa de estudios o si no está satisfecho con la educación por la que obtuvo el préstamo.


El Departamento de Educación de EE.UU. no garantiza la calidad de la educación que el prestatario recibe ni que éste encontrará empleo que guarde relación con el programa de estudios cursado.


Haga los pagos independientemente de si recibe o no las facturas.
  • Usted ha de efectuar pagos por concepto de la deuda de los préstamos incluso cuando no recibe ninguna factura ni aviso de pago.


  • Las cuentas de cobro y las libretas de cupones de pago se envían para la comodidad del prestatario. Dicho eso, usted tendrá la responsabilidad de realizar los pagos, aun cuando no le llegue ningún aviso.


  • Hay que pagar el importe total de la cuota mensual estipulada por el plan de pago. La obligación de hacer pagos oportunos no se satisface con los pagos parciales.



Continúe efectuando los pagos mientras se encuentra en trámite la solicitud de aplazamiento de pago, de indulgencia de morosidad o de condonación de deuda.
  • Si usted solicita acogerse al aplazamiento de pago, a la indulgencia de morosidad o a la condonación de su deuda, deberá seguir efectuando las mensualidades hasta que reciba un aviso sobre la aprobación de la solicitud.

  • De no continuar con las cuotas, puede caer en incumplimiento de pago.


  • Conserve copia de cualquier petición que usted presente, y anote toda comunicación que realice con la entidad acreedora.



Usted debe informar al prestamista o al administrador de sus préstamos cuando…
  • Se gradúe;


  • se retire de la institución educativa;


  • deje de estudiar con una dedicación de al menos medio tiempo;


  • cambie de nombre o apellido, dirección o número de Seguro Social †, o


  • cambiar de institución educativa.


† Nota: Son poco frecuentes las circunstancias en las que se asignan nuevos números de Seguro Social. Para mayor información sobre las normas que rigen la asignación de nuevos números, consulte www.ssa.gov/ssnumber.



Manténgase en contacto con su prestamista o administrador de préstamos.


Cumpla con el asesoramiento de ingreso y de egreso.
  • Si usted obtiene Préstamos FFEL o Directos Stafford, deberá recibir asesoramiento de ingreso, antes de que se le haga el primer desembolso de su préstamo, a no ser que haya conseguido Préstamos Stafford anteriormente. Durante esta entrevista, se le proporcionarán información y herramientas útiles que le ayudarán a pagar sus préstamos educativos y a comprender sus responsabilidades como prestatario.


  • En casi todos los programas de préstamo, antes de dejar la institución educativa, usted tendrá que pasar por una sesión de asesoramiento de egreso, para asegurar que comprende los derechos y obligaciones que tiene como prestatario. Recibirá información acerca de la devolución de su préstamo, y el prestamista le dará la fecha en que deberá empezar los pagos (en general, seis meses después de graduarse, de dejar la institución educativa o de cambiar su dedicación de estudio a menos de medio tiempo.)



Derechos del prestatario

Lo que necesita saber sobre su préstamo
Usted tiene derecho a saber los detalles relativos a su préstamo. (Dependiendo del préstamo, alguna de la información que sigue podría formar parte del asesoramiento de ingreso). Lo siguiente es la información que debe recibir de su institución educativa, del prestamista o del Centro de Administración de Préstamos Directos:

  • El monto total del préstamo y la tasa de interés.


  • La fecha en que se debe empezar el pago del préstamo.


  • Una lista completa de los cargos a pagar (comisiones de préstamo) e información sobre la manera en que se cobrarán.


  • La cantidad anual y total que se puede pedir prestada.


  • La duración máxima del período de pago y el monto mínimo de los pagos.


  • Una explicación de en qué consiste el incumplimiento de pago y de las consecuencias de incurrir en el mismo.


  • Una explicación de las posibilidades de consolidación de préstamos y una declaración que indique que se puede liquidar anticipadamente la deuda de los préstamos, en cualquier momento y sin sanción.


Antes de egresar de la institución educativa
Antes de terminar sus estudios, usted recibirá la siguiente información durante el asesoramiento de egreso, ya sea impartido por su institución educativa, el prestamista o el Centro de Administración de Préstamos Directos:

  • Una descripción actualizada de sus préstamos, incluido el monto promedio de los pagos mensuales programados.


  • El monto total de su deuda (capital e intereses aproximados), la tasa de interés que se le aplica y los cargos totales de interés sobre su préstamo.


  • Si tiene Préstamos FFEL (Federales) Stafford, el nombre del prestamista o de la agencia que administra sus préstamos, la dirección a la que debe enviar los pagos y la información de contacto en caso de que tenga preguntas.


  • Si tiene Préstamos Directos Stafford, la dirección y el número de teléfono del Centro de Administración de Préstamos Directos.


  • Un resumen de las cuotas que se le podrían cobrar durante el período de reembolso —como por ejemplo, cargos por demora y costos de cobro o de litigio— si se retrasara en los pagos o si incurriera en incumplimiento de pago.


  • Un resumen de las oportunidades para consolidar los saldos de sus préstamos y un aviso de que puede liquidar su deuda de forma anticipada, en cualquier momento y sin sanción.


  • Un repaso de las pertinentes disposiciones relativas al aplazamiento de pago, a la indulgencia de morosidad y a la condonación (anulación) de la deuda.


  • Orientación sobre el manejo de deudas y una explicación de los recursos que lo ayudarán a cumplir con los pagos de sus préstamos.


  • Un aviso de que debe proporcionar al prestamista su dirección habitual prevista, y el nombre y dirección de su empleador previsto.


  • Un aviso de que debe corregir, si fuera necesario, los datos que mantiene su institución postsecundaria relativos a su nombre, número de Seguro Social, referencias y número de licencia de conducir (si alguna).


Período de gracia
Si usted estudia a medio tiempo o más, gozará de un plazo —conocido como el «período de gracia»— antes de tener que comenzar la devolución de su Préstamo Stafford o Perkins. Este período empezará después de que se gradúe, deje de asistir a la institución educativa o reduzca su dedicación de estudio a menos de medio tiempo.

  • Los que obtienen Préstamos Stafford o Perkins reciben un período de gracia antes de que empiece el período de devolución.


  • Los padres y alumnos de posgrado no reciben ningún período de gracia antes del período de devolución de los Préstamos PLUS.


  • El período de gracia dura seis o nueve meses, dependiendo del tipo de préstamo.


  • A los que se encuentran en servicio activo en las Fuerzas Armadas durante más de 30 días, se les aplazará el comienzo del período de gracia durante ese tiempo (máximo de 3 años).


Calendario de pagos
La institución educativa, el prestamista o el Centro de Administración de Préstamos Directos, según corresponda, deberá proporcionarle un calendario de pagos que indique la siguiente información:

  • La fecha de vencimiento del primer pago.


  • El número y frecuencia de los pagos.


  • El monto de cada pago.


Venta del préstamo
Si usted o sus padres obtienen un préstamo al amparo del Programa FFEL, se les debe informar de la venta del mismo si, como consecuencia de la venta, los pagos deben enviarse a otro prestamista o agencia. Es obligatorio que usted reciba del prestamista (tanto del nuevo como del antiguo) la siguiente información:

  • La identidad del nuevo prestamista o administrador del préstamo.


  • La dirección a la que se han de enviar los pagos, y los números de teléfono del nuevo y antiguo acreedor.




Anterior    Siguiente


RECIBIR REPAY
  

Departamento de Educación de los Estados Unidos | Oficina de Ayuda Federal para Estudiantes